La ley del estado de Nueva York regula varios asuntos relacionados con el alquiler, incluido el control y estabilización del alquiler, y cuánto tiempo tiene un inquilino para pagar el alquiler vencido o mudarse antes de que el propietario pueda solicitar el desalojo. La ley de Nueva York también establece límites sobre la duración del tiempo que el propietario puede retener el depósito de seguridad después de que el inquilino se haya mudado, así como sobre el monto del depósito.
Según la ley de Nueva York, los propietarios deben revelar información específica sobre los depósitos a los inquilinos. Esas divulgaciones varían de un condado a otro.
Parte de la responsabilidad del arrendador de proporcionar locales habitables incluye la obligación de advertir a los inquilinos sobre aspectos ocultos (no obvios) de la propiedad de alquiler que podrían causar lesiones o interferir sustancialmente con el disfrute y uso seguro de la vivienda por parte de los inquilinos.
Los inquilinos de Nueva York tienen derecho legal a alquilar una propiedad que cumpla con los estándares básicos de estructura, salud y seguridad, y que esté en buen estado. Si un propietario no se ocupa de un mantenimiento importante, como un techo con goteras o un calentador roto, usted tiene varios derechos legales importantes, que incluyen:
- el derecho a retener el alquiler hasta que se realicen las reparaciones, y
- el derecho a "reparar y deducir", es decir, contratar a un técnico para que repare un defecto grave que hace que una unidad no sea adecuada (o comprar una pieza o artículo de reemplazo y hacerlo usted mismo) y deducir el costo de su alquiler.
Sin embargo, antes de que pueda retener el alquiler o utilizar el remedio de reparación y deducción, asegúrese de que las circunstancias justifiquen que pague un alquiler más bajo y de que cumpla con los requisitos legales sobre cosas como la notificación que debe proporcionarse al propietario.
Las leyes estatales especifican cuándo y cómo un arrendador puede terminar un arrendamiento. Consulte a su abogado al tomar una decisión de despido.
La ley del estado de Nueva York prohíbe a los propietarios tomar represalias contra los inquilinos. Los tipos de actos de represalia cubiertos por la ley de Nueva York incluyen rescindir un arrendamiento o presentar una demanda de desalojo; aumentar la renta; o servicios decrecientes, como cerrar la lavandería. La ley del estado de Nueva York presume represalias si el arrendador actúa de este tipo de formas negativas dentro de los seis meses posteriores a la fecha en que el inquilino ha ejercido su derecho legal, como quejarse con el arrendador acerca de un calentador inseguro en el apartamento.
El Estatuto de Equidad de Vivienda y Discriminación restringe la capacidad del propietario para elegir inquilinos. Este estatuto prohíbe al propietario negarse a alquilar, o exigir alquileres diferentes, así como proporcionar diferentes servicios a las instalaciones según la raza, el color, la religión, el origen nacional, el sexo, la discapacidad y el estado familiar de los inquilinos. (niños menores de 18 años)